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Economía de bolsillo

Transición Ecológica descarta la evaluación ordinaria para la modificación del parque eólico de Alcocero de Mola, en Burgos

La Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental concluye que la modificación del parque eólico Alcocero de Mola, de 78 MW y promovido por Iberenova Promociones, no prevé efectos adversos significativos y no requiere someterse al procedimiento de evaluación ambiental ordinaria, según una resolución fechada el 24 de agosto de 2026.

Qué ha pasado

La Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, dependiente del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, firmó el 24 de agosto de 2026 el informe de impacto ambiental sobre la modificación del proyecto del parque eólico Alcocero de Mola, de 78 MW de potencia instalada, en la provincia de Burgos, y sus infraestructuras de evacuación, según recoge la resolución publicada en el BOE.

El informe concluye que el proyecto modificado no necesita someterse al procedimiento de evaluación ambiental ordinaria, al no preverse efectos adversos significativos sobre el medio ambiente, siempre que se cumplan las medidas y condiciones fijadas en el documento ambiental y en la propia resolución. Según la resolución, este informe de impacto ambiental no admite recurso, sin perjuicio de los que puedan interponerse contra el futuro acto de autorización del proyecto.

El promotor de la instalación es Iberenova Promociones, SAU, y el órgano sustantivo del expediente es la Dirección General de Política Energética y Minas del propio ministerio. El parque eólico original, de 102 MW, contaba ya con una declaración de impacto ambiental favorable formulada el 18 de enero de 2023.

Según el documento, la modificación busca dar cumplimiento a los acuerdos de compatibilidad con las explotaciones mineras Villalómez, de Yesos Albi, SA, y Ampliación a Bañuelos, de Aplicaciones Mineras, SA, además de minimizar las afecciones al medio, mejorar el aprovechamiento eólico del emplazamiento con un nuevo modelo de aerogenerador y reforzar el cumplimiento de las condiciones ya fijadas en la declaración de impacto ambiental de 2023, en particular sobre montes de utilidad pública y permeabilidad frente a la avifauna.

El proyecto modificado reduce la potencia a 78 MW mediante 13 aerogeneradores del modelo Goldwind GW-165, de 6,0 MW de potencia unitaria, 115 metros de altura de buje y 165 metros de diámetro de rotor, con una altura máxima a punta de pala de 197,92 metros. Siete de las trece posiciones difieren del proyecto original. Según el documento, esta configuración corresponde a la alternativa 3, elegida finalmente tanto para el parque eólico como para la línea de evacuación por ser, de las tres alternativas evaluadas, la ambientalmente más favorable.

En cuanto a la evacuación de la energía, el documento detalla una línea de 220 kV que comparte, en un tramo aéreo de doble circuito desde el apoyo n.º 18 hasta el apoyo n.º 4, la infraestructura del proyecto fotovoltaico FV Belorado I —tramo que, según la resolución, no es objeto de esta evaluación—, condición impuesta por el Servicio Territorial de Industria, Comercio y Economía de la Junta de Castilla y León para minimizar el número de infraestructuras, así como una nueva subestación denominada SET Promotores Alcocero de Mola.

La tramitación se inició el 5 de noviembre de 2024 con la solicitud remitida por la Dirección General de Política Energética y Minas. El 19 de diciembre de 2024 la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental requirió al promotor información adicional sobre alternativas, avifauna y quirópteros, Red Natura 2000 y medidas correctoras, requerimiento al que el promotor respondió el 16 de enero de 2025. El trámite de consultas a administraciones e interesados se abrió el 25 de febrero de 2025.

Según la resolución, la Dirección General de Patrimonio Natural y Política Forestal de la Junta de Castilla y León advirtió de la importancia de la zona para aves planeadoras y del riesgo de colisión, aunque consideró que la modificación cumple las condiciones de la declaración de 2023 al eliminar una alineación completa de aerogeneradores y reubicar otros, junto con la incorporación de sistemas anticolisión por cámaras estereoscópicas, si bien la propia Junta señala que su eficacia es menor en aerogeneradores de gran tamaño como los previstos.

La Dirección General de Patrimonio Natural y Política Forestal y la Dirección General de Infraestructuras y Sostenibilidad Ambiental, ambas de la Junta de Castilla y León, condicionan la viabilidad del proyecto al cumplimiento de varias medidas, entre ellas prospecciones previas para detectar nidos de especies protegidas y un balizamiento nocturno con luz roja continua desde el inicio del crepúsculo, sujeto a la autorización de la Agencia Estatal de Seguridad Aérea.

Lo que no está confirmado

  • Este informe de impacto ambiental no equivale a la autorización final del proyecto, que corresponde a la Dirección General de Política Energética y Minas como órgano sustantivo; el BOE no recoge si esa autorización se ha producido.
  • El documento incluye dos relaciones de términos municipales no del todo coincidentes para la ubicación del proyecto (una en los antecedentes y otra en la descripción de alternativas), por lo que la lista exacta de municipios afectados queda sujeta a esa discrepancia en la fuente.
  • No consta en la resolución si se han presentado alegaciones adicionales tras el trámite de consultas ni la fecha prevista de inicio de las obras.

Fuentes: BOE — Boletín Oficial del Estado

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