La Ley General de la Seguridad Social establece una duración máxima de 545 días (18 meses) para la incapacidad temporal, tras la cual se suspende la reserva del puesto de trabajo y se abre un expediente de incapacidad permanente, según Expansión.
La Ley General de la Seguridad Social fija en 545 días —equivalentes a año y medio— la duración máxima de la incapacidad temporal, es decir, de la baja médica, con independencia de la causa que la haya originado, según ha explicado Expansión.
Superado ese plazo, la Seguridad Social suspende la reserva del puesto de trabajo del empleado de baja. En ese momento se abre un expediente de incapacidad permanente, que supone que un tribunal médico evalúa la enfermedad o dolencia que ha mantenido al trabajador de baja durante todo ese periodo.
Fuentes: Expansión
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