El Ministerio del Interior publica una orden fechada el 7 de agosto de 2026 que reinstaura de forma temporal los controles en las fronteras interiores aéreas y marítimas españolas para los vuelos y enlaces marítimos de pasajeros procedentes de Italia.
El Ministerio del Interior ha publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE) la Orden INT/846/2026, de 7 de agosto de 2026, por la que se restablecen de forma temporal los controles fronterizos en las fronteras interiores aéreas y marítimas españolas respecto a los vuelos y a los enlaces marítimos de pasajeros procedentes de Italia.
La disposición aparece registrada con la referencia BOE-A-2026-17375, dentro de la sección "I. Disposiciones generales" del boletín, bajo el epígrafe "Controles fronterizos" del Ministerio del Interior. El documento ocupa cuatro páginas del BOE.
La medida implica que España reintroduce, de manera temporal, controles en puntos fronterizos que en circunstancias normales no los tienen, al tratarse de conexiones aéreas y marítimas con Italia, país con el que España comparte el espacio de libre circulación europeo (Schengen).
El restablecimiento de controles en fronteras interiores es un mecanismo excepcional dentro del marco Schengen, al que pertenecen tanto España como Italia, y que habitualmente permite el tránsito sin controles fronterizos sistemáticos entre ambos países.
Fuentes: BOE — Boletín Oficial del Estado
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