Una resolución de la Dirección General de Transporte por Carretera y Ferrocarril, fechada el 13 de agosto de 2026, exceptúa temporalmente el cumplimiento de las normas de tiempos de conducción y descanso en los transportes de viajeros, según publica el BOE.
La Dirección General de Transporte por Carretera y Ferrocarril, dependiente del Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible, ha publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE) una resolución, fechada el 13 de agosto de 2026, por la que exceptúa temporalmente el cumplimiento de las normas de tiempos de conducción y descanso en los transportes de viajeros.
La resolución, con referencia BOE-A-2026-17811, se ha publicado en la sección III del BOE, dedicada a "Otras disposiciones", dentro del epígrafe correspondiente a transportes de viajeros.
El documento consta de cuatro páginas, según la ficha del BOE. Esta información procede del sumario del boletín; no se ha consultado el texto íntegro de la resolución, que es el que recogería el contenido completo de esas cuatro páginas.
Fuentes: BOE — Boletín Oficial del Estado
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