La Agencia Española de Protección de Datos respondió el 3 de noviembre a la consulta de una empresa sobre verificación facial uno-a-uno de clientes, anticipando criterios de su futura guía de biometría y mostrándose favorable a la propuesta europea de 'Digital Omnibus'.
La Agencia Española de Protección de Datos publicó el 3 de noviembre un análisis de criterios jurídicos sobre verificación facial uno-a-uno para dar de alta clientes a distancia, un documento que varios medios interpretan como un giro hacia un uso más matizado de la biometría por parte de las empresas. La Agencia Española de Protección de Datos respondió el 3 de noviembre a la consulta de una empresa sobre verificación facial uno-a-uno de clientes, anticipando criterios de su futura guía de biometría y mostrándose favorable a la propuesta europea de 'Digital Omnibus'. En la práctica: Las empresas que utilicen o estudien implantar verificación facial remota para dar de alta clientes obtienen un marco de criterios algo más matizado, aunque siguen obligadas a justificar documentalmente necesidad, proporcionalidad y una alternativa practicable antes de procesar datos biométricos.

Un dispositivo de escaneo biométrico de huella dactilar, una de las tecnologías de identificación reguladas por la AEPD. Imagen de archivo.
Foto: Sanskritibharti1398 / Wikimedia Commons · Licencia: CC BY-SA 4.0 · Archivo original · Condiciones de la licencia
La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) publicó el 3 de noviembre de 2026 un análisis de criterios jurídicos en respuesta a la consulta de una empresa que planteaba usar un sistema de verificación biométrica facial uno-a-uno para comprobar a distancia la identidad de sus clientes en el proceso de alta. El documento, titulado 'Análisis sobre la necesidad, libertad de elección y riesgo efectivo en el tratamiento de datos biométricos' y publicado en la sección de criterios jurídicos de la propia Agencia, anticipa parte de los criterios que desarrollará la futura guía general sobre tratamientos biométricos anunciada dentro del Plan Estratégico 2025-2030 de la AEPD.
El medio Confidencial Digital presentó el documento como un 'giro estratégico' en el uso de la biometría en España, al matizar el criterio históricamente restrictivo de la Agencia frente a estas tecnologías. La propia AEPD enmarca su respuesta como la aplicación de principios ya existentes a un caso concreto, no como un cambio normativo general, y mantiene que el tratamiento de datos biométricos sigue constituyendo una categoría especial de datos de alto riesgo bajo el artículo 9 del Reglamento General de Protección de Datos (RGPD), que exige una evaluación de impacto previa en la que se acredite la superación de un triple análisis de idoneidad, necesidad y proporcionalidad.
El análisis fija tres ejes de valoración. Primero, la existencia de una alternativa menos intrusiva no descarta automáticamente el uso de biometría: la alternativa debe demostrar una 'eficacia equivalente' frente a la necesidad concreta que se pretende cubrir, y el responsable del tratamiento debe justificar y documentar objetivamente el nivel de seguridad elegido. Segundo, el tratamiento puede ser lícito mediante consentimiento explícito cuando la persona dispone de una alternativa genuina y practicable -como mecanismos de identificación electrónica o firma electrónica cualificada- que no imponga costes o exclusiones desproporcionados. Tercero, la AEPD diferencia el riesgo según la arquitectura del sistema: una verificación uno-a-uno sin base de datos persistente ni búsqueda poblacional no conlleva el mismo riesgo que los sistemas de identificación o vigilancia masiva, lo que justifica un tratamiento proporcionalmente distinto.
El documento sitúa además su posición en el debate europeo en curso: la AEPD valora favorablemente la propuesta de 'Digital Omnibus' de la Comisión Europea, que plantea introducir en el artículo 9 del RGPD una excepción específica para determinados tratamientos de verificación biométrica en los que el dato biométrico o los medios necesarios para la verificación permanecen bajo el control exclusivo de la persona. Según la Agencia, esa orientación puede aportar mayor seguridad jurídica a sistemas de verificación cuya arquitectura y garantías presentan un riesgo significativamente distinto al de otros usos de la biometría.
El criterio jurídico se refiere expresamente a la verificación de identidad de clientes en procesos de alta a distancia y no debe confundirse con la guía de 2023 de la AEPD sobre control de presencia y fichaje biométrico en el ámbito laboral, que sigue aplicándose con sus propios criterios, más restrictivos, sobre el uso de huella dactilar o reconocimiento facial para el control horario de las plantillas.
La AEPD ha sancionado en los últimos años a varias empresas por usos de reconocimiento facial que consideró desproporcionados, y en 2023 publicó una guía que restringió severamente el fichaje biométrico laboral.
Las empresas que utilicen o estudien implantar verificación facial remota para dar de alta clientes obtienen un marco de criterios algo más matizado, aunque siguen obligadas a justificar documentalmente necesidad, proporcionalidad y una alternativa practicable antes de procesar datos biométricos.
La respuesta de la AEPD llega mientras la Unión Europea negocia el paquete 'Digital Omnibus', que busca simplificar y flexibilizar partes del RGPD, incluida una posible excepción específica para verificaciones biométricas bajo control exclusivo del usuario.
El Brent se hunde cerca de un 8-9% y toca los 94 dólares tras atribuir JD Vance la derrota republicana a la guerra de Irán
Por qué importa: También en Economía: contexto reciente de la misma vertical.
El mercado del coche en España supera el millón de unidades hasta octubre y el sector pide prorrogar las ayudas al eléctrico antes de que se agoten
Por qué importa: También en economia: contexto reciente de la misma vertical.
La vivienda usada en España encadena 22 meses de subidas de dos cifras y marca otro máximo histórico en octubre
Por qué importa: También en Economía: contexto reciente de la misma vertical.
Iberdrola y Norges Bank suman el parque eólico portugués de Tâmega a su alianza renovable de 2.000 millones
Por qué importa: También en economia: contexto reciente de la misma vertical.
La comisión de expertos recomienda subir el SMI un 4,9% en 2027, hasta 1.281 euros
Por qué importa: También en Economía: contexto reciente de la misma vertical.