El Ministerio de Vivienda ha actualizado su herramienta online para que los inquilinos comprueben cuánto puede subirles la renta bajo el decreto que limita las actualizaciones hasta 2027.
El Ministerio de Vivienda ha actualizado su calculadora online del alquiler para incorporar el tope extraordinario a las subidas de renta aprobado por real decreto-ley, que entró en vigor el 8 de octubre y limita los incrementos al 2% o los congela, según la zona, hasta finales de 2027. El Ministerio de Vivienda ha actualizado su herramienta online para que los inquilinos comprueben cuánto puede subirles la renta bajo el decreto que limita las actualizaciones hasta 2027. En la práctica: Los inquilinos con contratos que deban renovarse a partir de ahora pueden ver su renta congelada o limitada a una subida máxima del 2%, según si ya pagan por encima o por debajo del precio de referencia Serpavi de su zona. La calculadora oficial permite comprobar el caso concreto sin asesoría legal.

Edificio de viviendas en Vallecas, Madrid. Imagen ilustrativa de vivienda en alquiler en España.
Foto: Luis García (Zaqarbal) / Wikimedia Commons · Licencia: CC BY-SA 3.0 · Archivo original · Condiciones de la licencia
El Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana ha actualizado la 'calculadora del alquiler', la herramienta gratuita disponible en su web que permite a los inquilinos introducir los datos de su contrato para saber cuánto puede subirles la renta en la próxima actualización anual. El cambio incorpora la limitación extraordinaria aprobada por el Gobierno a través del Real Decreto-ley 29/2026, publicado en el Boletín Oficial del Estado el 7 de octubre y en vigor desde el 8 de octubre de 2026.
La norma establece dos escenarios según la vivienda. Si la renta que paga actualmente el inquilino es superior al límite máximo marcado por el Sistema Estatal de Referencia de Precios del Alquiler de Vivienda (Serpavi) para esa zona, la renta queda congelada y no puede subir en la próxima anualidad. Si, por el contrario, la renta es igual o inferior a ese precio de referencia, el propietario podrá aplicar la subida pactada en el contrato, pero con un tope máximo del 2% si no hay otro acuerdo entre las partes.
Esta limitación extraordinaria no es permanente: según confirman fuentes oficiales y especializadas, se aplica a todos los contratos de arrendamiento de vivienda habitual cuya renta deba actualizarse a partir de la entrada en vigor del decreto y hasta el 31 de diciembre de 2027. A partir de esa fecha, el régimen de actualización dependerá de lo que determinen las leyes vigentes en ese momento, incluido el papel del propio índice Serpavi en las zonas declaradas tensionadas.
El Gobierno enmarca esta medida dentro de un paquete más amplio de normas de vivienda aprobadas este otoño, que incluye además la definición legal de 'vivienda asequible' —la que no supera el 30% de la renta mediana del municipio—, una deducción fiscal del 10% para inquilinos y una línea de avales públicos de 10.000 millones de euros para la compra de primera vivienda. El Ejecutivo presenta la calculadora como una forma de que los arrendatarios puedan verificar por su cuenta si el incremento que les reclama el propietario se ajusta a la ley, sin depender únicamente de la palabra del casero o de la gestoría.
La medida llega en un contexto de tensión prolongada en el mercado del alquiler en las grandes ciudades españolas, donde los precios llevan varios años subiendo por encima de los salarios. Asociaciones de propietarios han advertido de que un tope tan estricto puede desincentivar la oferta de vivienda en alquiler a medio plazo, mientras que organizaciones de inquilinos lo han recibido como una medida de contención necesaria. El decreto no resuelve por sí solo el problema estructural de oferta, y su efecto real dependerá de cómo se aplique el Serpavi en cada municipio y de si se prorroga o modifica antes de que expire a finales de 2027.
El Gobierno ya había aprobado anteriormente, en marzo de 2026, otro decreto-ley que fijaba una prórroga extraordinaria de dos años para ciertos contratos de alquiler y un primer tope del 2% a las subidas anuales, medida que el nuevo RDL 29/2026 integra y extiende dentro de un marco normativo más amplio sobre vivienda asequible.
Los inquilinos con contratos que deban renovarse a partir de ahora pueden ver su renta congelada o limitada a una subida máxima del 2%, según si ya pagan por encima o por debajo del precio de referencia Serpavi de su zona. La calculadora oficial permite comprobar el caso concreto sin asesoría legal.
La medida se enmarca en el Real Decreto-ley 29/2026, de protección de la función social de la vivienda y ampliación de la oferta asequible, aprobado por el Gobierno y publicado en el BOE el 7 de octubre de 2026, dentro de un paquete de decretos de vivienda tramitados este año.
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