Un día después de que el Constitucional inadmitiera el recurso del Defensor del Pueblo sobre la 'ley de nietos', EL PAÍS informó de que el abogado de los afectados, del despacho de Baltasar Garzón, asume que no podrán votar el 29-N y defiende que el Constitucional 'era la única vía posible'. El despacho se personó ante el Supremo con solo tres afectados, pese a las trabas burocráticas que impidieron sumar más casos de españoles en el extranjero.
Un día después de que el Constitucional inadmitiera por 10 votos a 2 el recurso del Defensor del Pueblo, EL PAÍS informó de que el abogado de los afectados por la suspensión del voto de la 'ley de nietos', del despacho de Baltasar Garzón, asume que no podrán votar el 29-N y defiende que acudir al Constitucional 'era la única vía posible'. El mismo despacho se personó ante el Supremo con solo tres afectados, pese a las trabas burocráticas y los plazos ajustados que impidieron sumar más casos de españoles residentes en el extranjero. Un día después de que el Constitucional inadmitiera el recurso del Defensor del Pueblo sobre la 'ley de nietos', EL PAÍS informó de que el abogado de los afectados, del despacho de Baltasar Garzón, asume que no podrán votar el 29-N y defiende que el Constitucional 'era la única vía posible'. El despacho se personó ante el Supremo con solo tres afectados, pese a las trabas burocráticas que impidieron sumar más casos de españoles en el extranjero.

Torrelavega-banderola-elecciones-generales-2023-pp-b
Autor de la fotografía sin identificar · Licencia: CC BY-SA 4.0 · Archivo original · Condiciones de la licencia
El Tribunal Constitucional inadmitió el 21 de octubre, por diez votos a dos, el recurso de amparo que el Defensor del Pueblo, Ángel Gabilondo, había presentado para intentar restituir antes de las elecciones generales del 29 de noviembre el derecho de voto a 163.020 personas nacionalizadas españolas al amparo de la conocida como 'ley de nietos'. Un día después, EL PAÍS informó de que el abogado que representa a parte de los afectados, del despacho del exjuez Baltasar Garzón, asumió públicamente que no podrán votar en estas elecciones y defendió que acudir al Constitucional 'era la única vía posible' dado el calendario electoral.
Según el mismo reportaje de EL PAÍS, el despacho de Garzón se personó ante el Tribunal Supremo -donde sigue abierto el litigio de fondo sobre las medidas cautelares- representando únicamente a tres afectados, pese a que las trabas burocráticas y los plazos ajustados impidieron sumar más casos de españoles residentes en el extranjero. Esa limitación práctica es coherente con lo documentado días antes por The Objective, que informó el 19 de octubre de que la asociación de afectados asesorada gratuitamente por el bufete de Garzón había quedado 'colapsada' por el volumen de solicitudes recibidas tras el ofrecimiento de defensa gratuita del 14 de octubre.
La 'ley de nietos' es la octava disposición adicional de la Ley de Memoria Democrática, que permite obtener la nacionalidad española a hijos y nietos de personas que tuvieron que exiliarse por razones políticas, ideológicas, de creencias o de orientación sexual, principalmente durante el periodo 1939-1955. El litigio de fondo no afecta a la concesión de la nacionalidad en sí, sino al derecho de voto de quienes la obtuvieron por esta vía, un matiz que tanto el Gobierno como la oposición han subrayado en sus respectivas lecturas del caso.
El origen de la disputa está en una instrucción de 2022 de la entonces encargada del Registro Civil, Sofía Puente, que según Infobae fue cuestionada por extender la nacionalidad a emigrantes por razones económicas y no exclusivamente a exiliados políticos, tal y como exige la ley. El Tribunal Supremo adoptó medidas cautelares -mantenidas el 10 y el 12 de octubre, tras conceder cinco días de plazo para alegaciones- que suspendieron el derecho de voto de los 163.020 afectados inscritos en el censo de residentes ausentes (CERA), 'para preservar la regularidad del censo electoral' de cara al 29-N.
Gabilondo presentó el recurso de amparo el 16 de octubre pidiendo la intervención urgente del Constitucional antes de las elecciones, alegando vulneración de los derechos de igualdad, participación política y tutela judicial efectiva de los afectados. Según Andalucía Información, al menos un afectado, representado por el despacho de Garzón, respaldó formalmente ese recurso ante el propio tribunal. Según relató The Objective, los propios letrados del tribunal habían calificado el recurso de 'prematuro' dos días antes de la votación del pleno, un criterio que finalmente prevaleció por amplia mayoría.
El ponente, el magistrado Enrique Arnaldo, fundamentó la inadmisión en el principio de subsidiariedad: como el procedimiento sobre las medidas cautelares sigue abierto en el Tribunal Supremo, los afectados no han agotado la vía judicial ordinaria, requisito previo para acudir al amparo constitucional. La resolución, por tanto, no se pronuncia sobre si la suspensión del sufragio vulnera o no el artículo 23 de la Constitución, que consagra el derecho de participación política, y deja esa cuestión de fondo íntegramente en manos del Supremo, donde ahora litigan, entre otros, los tres casos personados por el despacho de Garzón.
Los únicos dos magistrados que votaron en contra de la inadmisión fueron Juan Carlos Campo, ex ministro de Justicia con Pedro Sánchez, y Ramón Sáez, ambos del sector progresista del tribunal, que defendían entrar a valorar el fondo del asunto por la vía constitucional dada la proximidad electoral. El Gobierno, por su parte, señaló tras el fallo que respeta la decisión y subrayó que esta se limita a una cuestión de procedimiento, sin que el Constitucional haya avalado ni descartado que la suspensión del voto sea compatible con la Constitución.
El fallo del Supremo que originó toda la disputa ya había generado un choque político previo: según recogieron Vozpopuli y Naiz, el PSOE acusó a Feijóo y Abascal de 'tropezar de nuevo con la piedra del franquismo', al cuestionar por qué los nietos de exiliados franquistas no podían votar mientras otros descendientes sí lo hacen, calificando la suspensión de 'atropello'. Feijóo, en cambio, respondió que 'no puede haber dudas sobre el censo electoral' y que el Supremo había vuelto a poner 'un límite a la irresponsabilidad del Gobierno', mientras Vox defendió la medida como una garantía para la limpieza de las elecciones del 29-N.
La disputa se agravó días después, cuando el PP acusó al Ministerio de Asuntos Exteriores de no remitir a tiempo los datos de los 163.000 nacionalizados a la Oficina del Censo Electoral, denunciando lo que llamó una 'maniobra deliberada' para dificultar que el censo quedara depurado antes del 29-N, según informó Moncloa.com el 19 de octubre. Ninguna de las fuentes consultadas para esta pieza documenta una respuesta oficial detallada de Exteriores a esa acusación concreta hasta el cierre de esta redacción.
El caso vuelve ahora al Tribunal Supremo, que deberá resolver sobre las medidas cautelares tras valorar las alegaciones de los afectados -entre ellas las de los tres casos personados por el despacho de Garzón-, con la posibilidad de mantenerlas, modificarlas o levantarlas. La propia admisión del abogado de que el recurso al Constitucional 'era la única vía posible' y que los afectados no podrán votar el 29-N confirma, desde el lado de la defensa jurídica de los nacionalizados, lo que varias fuentes ya anticipaban: que es improbable una resolución definitiva del Supremo antes de la jornada electoral, por lo que los 163.020 nacionalizados afectados seguirán, en la práctica, sin poder votar en esas elecciones.
El 12 de octubre de 2026, el Tribunal Supremo mantuvo las medidas cautelares que suspendían el voto exterior de los nacionalizados por la 'ley de nietos', un fallo celebrado por PP y Vox.
El 14 de octubre de 2026, el despacho de Baltasar Garzón ofreció defensa gratuita a los afectados, recibiendo tal volumen de solicitudes que, según The Objective, la asociación asesorada quedó 'colapsada' antes del 19 de octubre.
El 16 de octubre de 2026, el Defensor del Pueblo presentó el recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional, respaldado ante el tribunal por al menos un afectado representado por el despacho de Garzón, según Andalucía Información (20 de octubre).
El 19 de octubre de 2026, el PP acusó a Exteriores de retrasar deliberadamente el envío de los datos censales de los afectados.
El 21 de octubre de 2026, el pleno del Tribunal Constitucional inadmitió el recurso del Defensor del Pueblo por 10 votos a 2.
El 22 de octubre de 2026, EL PAÍS informó de que el despacho de Garzón se personó ante el Tribunal Supremo con tres afectados -pese a las trabas burocráticas y los plazos ajustados que impidieron sumar más casos de españoles residentes en el extranjero- y su abogado asumió que los nacionalizados no podrán votar el 29-N, al considerar que acudir al Constitucional 'era la única vía posible'.
Unos 163.020 españoles nacionalizados por la 'ley de nietos' seguirán sin poder votar en las elecciones generales del 29 de noviembre al mantenerse la suspensión cautelar mientras el litigio sigue abierto en el Supremo, y el abogado que representa a parte de los afectados asume ya públicamente que no llegarán a tiempo de recuperar el voto.
La personación del despacho de Baltasar Garzón ante el Supremo con solo tres afectados, pese a asesorar gratuitamente a cientos de solicitantes, evidencia que las trabas burocráticas y los plazos electorales han limitado en la práctica el alcance real de la defensa jurídica disponible para los nacionalizados.
El fallo del Constitucional evita que se pronuncie, en plena precampaña electoral, sobre si la suspensión del voto vulnera el derecho de participación política, dejando la cuestión de fondo sin resolver antes del 29-N.
La resolución refuerza el criterio de subsidiariedad del recurso de amparo frente a la vía judicial ordinaria, y mantiene abierto el choque político entre PSOE, PP y Vox sobre el origen de la suspensión.
La 'ley de nietos' forma parte de la Ley de Memoria Democrática y amplió el acceso a la nacionalidad española para descendientes de exiliados por motivos políticos, ideológicos, religiosos o de orientación sexual entre 1939 y 1955.
La suspensión cautelar del voto de los nacionalizados por esta vía se originó en un litigio sobre si una instrucción de 2022 del Registro Civil extendió indebidamente la nacionalidad a descendientes de emigrantes económicos.
El exjuez de la Audiencia Nacional Baltasar Garzón ofreció el 14 de octubre defensa gratuita a los nacionalizados afectados, lo que generó, según The Objective, una avalancha de solicitudes que su despacho no pudo procesar en su totalidad antes de los plazos del litigio.
El Defensor del Pueblo, Ángel Gabilondo, acudió al Constitucional por la vía de urgencia ante la proximidad de las elecciones generales del 29 de noviembre de 2026, en un contexto de enfrentamiento político previo entre Gobierno y oposición sobre la misma suspensión.
Albares dice que Exteriores avanza "a buen ritmo" para cumplir con el plazo del Supremo sobre la lista de la 'ley de nietos'
Por qué importa: También en España: contexto reciente de la misma vertical.
El PSOE acusa al PP de "coalición fraudulenta" con Vox en el Senado tras la defensa de Feijóo del pacto
Por qué importa: También en Política: contexto reciente de la misma vertical.
El Supremo y el Constitucional elevan su pulso judicial en la recta final de la amnistía al 'procés'
Por qué importa: También en nacional: contexto reciente de la misma vertical.
La Junta Electoral abre expediente a Sánchez por su vídeo ante el 'Guernica' y admite otra denuncia contra la ministra Elma Saiz
Por qué importa: También en España: contexto reciente de la misma vertical.
Solo 901 de los 163.355 nacionalizados por la 'ley de nietos' podran votar el 29-N tras acreditar el exilio
Por qué importa: También en nacional: contexto reciente de la misma vertical.