Una segunda jueza de Madrid inadmite la querella de Vox contra la alta cargo del Ministerio de Justicia por cosa juzgada y descarta la usurpación de funciones, mientras la causa paralela admitida a instancias de Hazte Oír continúa su instrucción sin cambios.
Una jueza de Madrid ha inadmitido una querella que Vox presentó contra Sofía Puente, alta cargo del Ministerio de Justicia y hermana del ministro Óscar Puente, por los mismos hechos de la 'ley de nietos' que ya motivaron otra querella, de Hazte Oír, admitida a trámite un día antes por un juzgado distinto. La jueza invoca cosa juzgada y descarta la usurpación de funciones; la causa de Hazte Oír sigue su curso sin cambios. Una segunda jueza de Madrid inadmite la querella de Vox contra la alta cargo del Ministerio de Justicia por cosa juzgada y descarta la usurpación de funciones, mientras la causa paralela admitida a instancias de Hazte Oír continúa su instrucción sin cambios. En la práctica: El rechazo de la querella de Vox no altera el frente judicial más relevante contra Sofía Puente, que sigue abierto por la querella de Hazte Oír admitida a trámite un día antes; sí evidencia un criterio dispar entre juzgados de instrucción de Madrid sobre los mismos hechos, lo que podría influir en el desarrollo de la causa aún activa.

Sede del Ministerio de Justicia en Madrid, el organismo donde Sofía Puente ocupa un alto cargo (imagen de archivo del edificio).
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Una magistrada de un juzgado de instrucción de Madrid ha inadmitido a trámite la querella que el partido Vox, liderado por Santiago Abascal, presentó contra Sofía Puente, secretaria general para la Innovación y Calidad del Servicio Público de Justicia y hermana del ministro de Transportes, Óscar Puente, por presuntos delitos de prevaricación administrativa y usurpación de funciones en relación con la 'ley de nietos'. La decisión, confirmada de forma independiente por Infobae y eldiario.es, llega apenas un día después de que otro juzgado de instrucción de Madrid admitiera a trámite una querella distinta, presentada por la asociación Hazte Oír, sobre los mismos hechos.
La jueza, identificada por eldiario.es como Isabel Durántez, basa el rechazo de la querella de Vox en dos motivos. En primer lugar, aplica el principio de cosa juzgada al delito de prevaricación: dos años antes, otro juzgado de Madrid ya examinó una querella similar presentada por la Asociación para la Reconciliación y la Verdad Histórica sobre los mismos hechos y concluyó que no había delito, una decisión que confirmó la Audiencia Provincial de Madrid en 2025. En segundo lugar, respecto a la usurpación de funciones, la jueza considera 'indiscutible' que dictar instrucciones administrativas entra dentro de las competencias y atribuciones de Puente, por lo que tampoco cabe investigar ese delito.
La resolución contrasta con la decisión adoptada apenas 24 horas antes por la jueza del Juzgado de Instrucción número 35 de Madrid, que sí admitió a trámite la querella presentada por Hazte Oír contra Puente por los mismos hechos —la instrucción de 25 de octubre de 2022 sobre la aplicación de la 'ley de nietos'—, al considerar que presentaban indicios de posible prevaricación administrativa. Esa causa, ya reflejada en la cobertura previa de esta publicación, sigue su curso sin que se haya producido ningún cambio adicional: la jueza continúa recabando documentación antes de decidir si cita a Puente a declarar, sin que exista imputación formal ni fecha prevista para nuevas resoluciones.
El resultado es que dos juzgados de instrucción de la misma ciudad han llegado a conclusiones opuestas sobre querellas basadas en los mismos hechos: uno los ha dado por investigados y archivados de forma definitiva, mientras que el otro ha decidido abrir diligencias. Ni el Ministerio de Justicia ni Sofía Puente ni Óscar Puente han hecho declaraciones públicas específicas sobre el rechazo de la querella de Vox hasta el momento, más allá de la postura ya conocida del Ministerio, que calificó la causa de Hazte Oír de 'idéntica' a otra ya archivada en 2024.
Vox y Hazte Oír, aunque coinciden en el objetivo de cuestionar penalmente a Puente, son entidades distintas que han litigado por separado sobre los mismos hechos: Vox actuó como partido político querellante, mientras que Hazte Oír, una asociación ultracatólica que en los últimos meses ha protagonizado otras acciones judiciales contra decisiones de distintas administraciones en materia de memoria histórica, educación y familia, presentó su propia querella ante un juzgado diferente. Esa duplicidad de causas sobre un mismo hecho administrativo no es inusual en procedimientos con fuerte carga política, pero sí explica por qué dos juzgados de instrucción de Madrid han podido llegar, en apenas 24 horas, a conclusiones judiciales opuestas sin que ello suponga necesariamente una contradicción jurídica: cada juzgado resuelve sobre la querella concreta que tiene ante sí, con sus propios argumentos y partes.
El fundamento de cosa juzgada que ha empleado la jueza para rechazar la querella de Vox remite a un procedimiento distinto y anterior: la querella de la Asociación para la Reconciliación y la Verdad Histórica, investigada y archivada por otro juzgado madrileño en 2024, cuyo archivo confirmó la Audiencia Provincial de Madrid en 2025. Al considerar que los hechos de la querella de Vox eran sustancialmente los mismos que los de aquella causa ya resuelta con carácter firme, la jueza ha aplicado el principio que impide reabrir una investigación penal sobre lo ya juzgado. Ese mismo argumento no se ha aplicado, por ahora, a la querella de Hazte Oír, que la jueza del Juzgado nº 35 no consideró idéntica a la causa archivada en 2024, pese a que el Ministerio de Justicia sí defendió esa identidad de hechos.
La instrucción cuestionada por ambas querellas, firmada por Puente el 25 de octubre de 2022 cuando dirigía la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, desarrollaba la disposición adicional octava de la Ley de Memoria Democrática y ha quedado en el centro de una disputa que ya trasciende el ámbito penal: el Tribunal Supremo mantiene suspendido cautelarmente el derecho de voto de los 163.020 nacionalizados por esta vía, suspensión que el Tribunal Constitucional se negó a revisar de urgencia el 21 de octubre al inadmitir, por 10 votos a 2, el recurso de amparo del Defensor del Pueblo, Ángel Gabilondo. El desenlace de la causa que aún investiga el Juzgado nº 35 podría, en todo caso, incidir en esa controversia más amplia sobre la aplicación de la norma, aunque ningún medio consultado documenta una conexión procesal directa entre ambos litigios.
El rechazo de la querella de Vox no cierra, por tanto, la controversia judicial y política sobre la 'ley de nietos', ni en el plano penal ni en el electoral: la causa de Hazte Oír contra Puente sigue siendo, por ahora, la única vía penal abierta contra la alta cargo por esta instrucción, mientras el litigio sobre el derecho de voto de los 163.020 nacionalizados continúa pendiente de resolución definitiva de cara a las elecciones generales del 29 de noviembre.
21 de octubre de 2026: una jueza del Juzgado de Instrucción nº 35 de Madrid admite a trámite la querella de Hazte Oír contra Sofía Puente por la misma instrucción de 2022, en contra del criterio de la Fiscalía.
Archivo definitivo en junio de 2024, confirmado por la Audiencia Provincial de Madrid en 2025: otro juzgado de Madrid investigó y archivó una querella similar, presentada por la Asociación para la Reconciliación y la Verdad Histórica, sobre los mismos hechos.
22 de octubre de 2026: una jueza distinta inadmite la querella de Vox contra Puente por los mismos hechos, invocando esa cosa juzgada y descartando la usurpación de funciones.
El rechazo de la querella de Vox no altera el frente judicial más relevante contra Sofía Puente, que sigue abierto por la querella de Hazte Oír admitida a trámite un día antes; sí evidencia un criterio dispar entre juzgados de instrucción de Madrid sobre los mismos hechos, lo que podría influir en el desarrollo de la causa aún activa.
La 'ley de nietos' es la vía de acceso a la nacionalidad española y, en algunos casos, al derecho de voto para descendientes de personas que tuvieron que exiliarse durante la Guerra Civil y el franquismo, recogida en la Ley de Memoria Democrática de 2022. Sofía Puente dirigía en 2022 la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, dependiente del Ministerio de Justicia, cuando firmó la instrucción cuestionada por ambas querellas.
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