El Tribunal Constitucional estimó un recurso de amparo de Dolors Bassa y abrió la puerta a que la malversación del 'procés' quede amparada por la ley de amnistía. El magistrado del Supremo Pablo Llarena ha retirado, con carácter provisional, las órdenes de detención contra Puigdemont, Comín y Puig mientras estudia el alcance completo del fallo.
El Tribunal Constitucional estimó este martes un recurso de amparo presentado por la exconsejera Dolors Bassa y abrió la vía para que el delito de malversación cometido en el marco del 'procés' quede cubierto por la ley de amnistía. Horas después, el juez del Supremo Pablo Llarena dejó sin efecto, con carácter provisional, las órdenes nacionales de detención contra Carles Puigdemont, Antoni Comín y Lluís Puig, aunque advirtió de que la medida no equivale a declarar la amnistía aplicable a su caso. El Tribunal Constitucional estimó un recurso de amparo de Dolors Bassa y abrió la puerta a que la malversación del 'procés' quede amparada por la ley de amnistía. El magistrado del Supremo Pablo Llarena ha retirado, con carácter provisional, las órdenes de detención contra Puigdemont, Comín y Puig mientras estudia el alcance completo del fallo.

El Tribunal Constitucional estimó este martes 6 de octubre un recurso de amparo presentado por la exconsejera de Trabajo Dolors Bassa, condenada por malversación en el juicio del 'procés', y concluyó que ese delito debe quedar amparado por la ley de amnistía de 2024. La decisión, adoptada por mayoría de siete votos frente a cinco, según ha informado Infobae, anula las resoluciones del Tribunal Supremo que habían excluido la malversación del perdón legal y obliga a la Sala de lo Penal a revisar su doctrina sobre ese punto.
Pocas horas después de conocerse el fallo, el magistrado instructor de la causa, Pablo Llarena, dictó un auto en el que deja sin efecto, con carácter provisional, las órdenes nacionales e internacionales de busca y detención que pesaban sobre el expresidente catalán Carles Puigdemont y los exconsejeros Antoni Comín y Lluís Puig, huidos desde 2017. Según recoge Infobae, Llarena justificó la medida en la "coincidencia sustancial" entre la situación de Bassa, beneficiaria directa del amparo, y la de los tres huidos, lo que a su juicio exige revisar de inmediato sus órdenes de busca mientras analiza el alcance completo de la resolución del Constitucional.
El propio auto de Llarena contiene una matización relevante que evita presentar el levantamiento de la orden como un cierre del caso: el magistrado precisó expresamente que su decisión "no declara la ley de amnistía aplicable, no extingue la responsabilidad penal y no resuelve las demás cuestiones pendientes" sobre la situación procesal de Puigdemont, Comín y Puig. Es decir, se trata de una medida cautelar provisional a la espera de que el instructor reciba y estudie el texto completo de la sentencia del Tribunal Constitucional, no de una amnistía ya resuelta en firme para ellos.
La resolución del Constitucional tiene además efectos sobre otros condenados del 'procés': según Infobae y El Economista, el fallo implica también la revocación de las penas de inhabilitación que pesaban hasta 2030 y 2031 sobre Oriol Junqueras, Raül Romeva, Jordi Turull y la propia Dolors Bassa, lo que les devolvería el pleno ejercicio de sus derechos políticos.
Las reacciones políticas han sido inmediatas y contrapuestas. El líder de ERC, Oriol Junqueras, celebró la decisión como "el principio del fin de la represión" y afirmó que con ella "vuelve la política", según recogen Infobae y agencias. El Partido Popular, por su parte, insistió en que la amnistía constituye un "abuso" del Gobierno para obtener rédito político, de acuerdo con la misma información de El Economista. El presidente de la Generalitat, Salvador Illa, sostuvo que el tiempo le ha dado la razón y que la aplicación de la ley permite a Cataluña "avanzar", según la misma fuente.
El trasfondo del litigio se remonta a la ley de amnistía aprobada por las Cortes en 2024 para los implicados en el proceso independentista catalán de 2017, que desde el inicio excluyó explícitamente el delito de malversación de fondos públicos cuando hubiera existido enriquecimiento personal, una exclusión que el Tribunal Supremo aplicó a los condenados del 'procés' y que ahora el Constitucional, con la mayoría que lidera su presidente Cándido Conde-Pumpido, ha cuestionado al estimar que, en el caso de Bassa, no concurrió ese enriquecimiento.
El propio auto de Llarena remite a la necesidad de recibir el texto íntegro de la sentencia del Constitucional para fijar el alcance definitivo de sus consecuencias sobre las causas pendientes contra Puigdemont, Comín y Puig, por lo que el instructor no ha fijado todavía un plazo para una resolución final sobre su situación procesal ni se ha podido confirmar, en el momento de esta información, si el Tribunal Supremo prevé algún trámite adicional antes de que Puigdemont pueda regresar a España sin riesgo de detención.
La ley de amnistía, aprobada por las Cortes en 2024 como condición pactada por ERC y Junts para investir al presidente del Gobierno, ya había sido avalada en su constitucionalidad general por el propio Tribunal Constitucional en una sentencia anterior sobre el grueso de la norma. Lo que permanecía discutido, y es lo que resuelve ahora el fallo sobre el recurso de Bassa, era un punto más concreto: si el delito de malversación de fondos públicos cometido durante el 'procés' —relacionado con los gastos del referéndum ilegal de 2017, según la sentencia del Supremo de 2019— podía quedar también amnistiado, o si, por existir un beneficio personal o un perjuicio patrimonial al Estado, debía quedar excluido del perdón legal, como sostenía hasta ahora la Sala de lo Penal del Supremo.
Con la mayoría de siete votos frente a cinco en el Pleno del Constitucional, el bloque liderado por su presidente, Cándido Conde-Pumpido, se impuso al criterio de los magistrados de la minoría, que previsiblemente formularán votos particulares discrepantes, como ya ocurrió en pronunciamientos anteriores del tribunal sobre la amnistía. Esa división interna, sumada a la resistencia ya mostrada por el Tribunal Supremo a aplicar la amnistía a la malversación, anticipa que la controversia jurídica sobre el alcance del perdón legal no se cierra con este fallo, sino que previsiblemente generará nuevos recursos y pronunciamientos.
En el plano político, el fallo llega en plena campaña de las elecciones generales del 29 de noviembre, convocadas por Pedro Sánchez tras el rechazo parlamentario a sus decretos de vivienda, lo que añade una capa adicional de tensión: la oposición de PP y Vox ha hecho de la amnistía uno de los ejes centrales de su crítica al Gobierno desde que se pactó en 2023, y es previsible que el levantamiento de la orden de detención contra Puigdemont, aunque sea provisional, se incorpore de inmediato al debate de la campaña electoral.
El Tribunal Supremo condenó en 2019 a varios líderes del 'procés' por malversación y sedición, penas que la ley de amnistía de 2024 perdonó parcialmente, salvo en los casos de malversación con enriquecimiento, lo que mantuvo abiertas las causas contra Puigdemont y los huidos.
El Constitucional abre la puerta a amnistiar la malversación del 'procés', lo que afecta directamente a la situación judicial de Puigdemont, Comín, Puig y a la inhabilitación de Junqueras, Romeva, Turull y Bassa.
Llarena retira de forma provisional las órdenes de detención contra los tres huidos, un paso necesario aunque no suficiente para el regreso de Puigdemont a España.
El fallo reabre el enfrentamiento político sobre la amnistía en plena campaña de las elecciones generales del 29 de noviembre.
La ley de amnistía de 2024 excluyó expresamente la malversación con enriquecimiento personal, una cláusula que el Supremo aplicó para mantener la responsabilidad penal de los condenados del 'procés' por ese delito.
El recurso de amparo que ha resuelto el Constitucional lo presentó Dolors Bassa, condenada junto con Junqueras, Romeva y Turull en el juicio del 'procés' de 2019.
Puigdemont, Comín y Puig permanecen fuera de España desde octubre de 2017, tras la declaración unilateral de independencia y la aplicación del artículo 155.
Fuentes: Infobae — auto de Llarena y fallo del Constitucional sobre BassaInfobae — reacción de JunquerasEl Economista — revocación de inhabilitaciones y reacción del PPMoncloa.com — levantamiento de la orden de detenciónInfobae (agencias) — confirmación del levantamiento de la orden de detención
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