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El Tribunal de Cuentas aplica la amnistía a Puigdemont y otros 34 excargos por los gastos del procés

El tribunal concluye que no está acreditado que se usaran fondos de la UE y absuelve a los 35 encausados, aunque la resolución no es firme y puede recurrirse.

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El órgano fiscalizador aplica la ley de amnistía a la causa que investigaba el uso de dinero público para financiar el referéndum del 1 de octubre de 2017 y la promoción internacional del independentismo, y levanta fianzas superiores a 4 millones de euros. La resolución no es firme. El tribunal concluye que no está acreditado que se usaran fondos de la UE y absuelve a los 35 encausados, aunque la resolución no es firme y puede recurrirse. En la práctica: La decisión extingue responsabilidades contables por más de 4 millones de euros para 35 excargos catalanes.

El Tribunal de Cuentas aplica la amnistía a Puigdemont y otros 34 excargos por los gastos del procés

Placa del Tribunal de Cuentas de Madrid

Autor de la fotografía sin identificar · Licencia: CC BY-SA 4.0 · Archivo original · Condiciones de la licencia

Qué ha pasado

El Tribunal de Cuentas ha acordado absolver a Carles Puigdemont y a otros 34 exaltos cargos de la Generalitat de Catalunya en la causa que investigaba el uso de fondos públicos para sufragar gastos del procés independentista entre 2011 y 2017, al aplicar la ley de amnistía aprobada en 2024. La decisión, conocida el 14 de octubre, fue confirmada por EFE/Infobae, Euronews, Moncloa.com y Noticias de Navarra, que coinciden en que son 35 los encausados beneficiados: Puigdemont, el expresidente Artur Mas, el exvicepresidente Oriol Junqueras y otros exconsejeros como Raül Romeva, Jordi Turull, Toni Comín y Lluís Puig. Todos ellos habían ocupado cargos de responsabilidad en la Generalitat durante los años en los que, según la investigación, se habría destinado dinero público a la causa independentista.

La causa, abierta a partir de denuncias de la Fiscalía y de Sociedad Civil Catalana, reclamaba entre 3,1 y 5 millones de euros por gastos vinculados a la preparación de las consultas independentistas —entre ellas el referéndum del 1 de octubre de 2017— y a la promoción exterior del proceso soberanista, incluida la actividad de organismos de proyección internacional de la Generalitat en esos años. El tribunal ordena ahora levantar las fianzas impuestas a los encausados, que superaban los 4 millones de euros y que llevaban años inmovilizadas como garantía de una eventual responsabilidad contable, lo que supone un alivio patrimonial inmediato para los afectados, al margen de la discusión política sobre el fondo de la resolución.

La sala razona que no ha quedado acreditado que los fondos empleados procedieran del presupuesto de la Unión Europea ni fueran administrados por esta o por cuenta de esta, condición que la ley de amnistía exige para excluir su aplicación. El propio tribunal da por probado que se destinó dinero público a la preparación de consultas independentistas y a la proyección internacional del procés, pero considera que esa responsabilidad contable queda extinguida por la amnistía al no verse comprometidos intereses financieros comunitarios. Es decir, el tribunal no niega los hechos investigados, sino que aplica sobre ellos el efecto extintivo de la ley, una distinción jurídica que explica buena parte de la controversia política posterior.

La resolución no es firme: según Euronews, puede recurrirse en apelación ante la propia sala del Tribunal de Cuentas y, posteriormente, ante el Tribunal Supremo, por lo que el caso podría seguir abierto en los próximos meses. El PP ha calificado la decisión de blanqueamiento, sosteniendo que la desviación de fondos está probada y que la amnistía solo extingue la factura, no los hechos, según recoge Moncloa.com. En el otro extremo, formaciones independentistas han celebrado la resolución como el fin de lo que describen como una persecución patrimonial contra exdirigentes del procés, en un contraste de lecturas que anticipa nuevos recursos y declaraciones cruzadas en los próximos días.

La noticia llega en paralelo a la presión de Puigdemont sobre el Tribunal Supremo para que aplique también la amnistía a su causa penal personal "sin demora", después de un fallo reciente del Tribunal Constitucional que, según su entorno, allana el camino para esa aplicación. El expresidente reclama que se le amnistíe "sin dilaciones" en su condición de quien presidió la Generalitat, argumentando que ello permitiría una "normalización institucional" pendiente desde 2017, un relato que vincula directamente la resolución del Tribunal de Cuentas con su situación procesal personal, pese a tratarse de causas jurídicamente distintas.

Su abogado, Gonzalo Boye, ha señalado que Puigdemont no prevé regresar a España en plena campaña electoral y que esperará a después de las elecciones generales del 29 de noviembre antes de plantear cualquier movimiento relacionado con un posible retorno, a la espera de que el Supremo resuelva sobre la amnistía de su causa penal, distinta de la que ahora resuelve el Tribunal de Cuentas. Esa cautela electoral sugiere que el expresidente prefiere evitar que su regreso se convierta en un factor de la campaña, en un contexto en el que el PSOE también está definiendo sus listas para esas mismas elecciones.

El caso de los gastos del procés ante el Tribunal de Cuentas es uno de los múltiples frentes judiciales abiertos tras la declaración unilateral de independencia de octubre de 2017, y su desenlace económico —la extinción de responsabilidades por más de 4 millones de euros— se suma a otras resoluciones de amnistía ya aplicadas en el ámbito penal a dirigentes del procés, en un proceso que los tribunales españoles han ido resolviendo de forma escalonada y, en ocasiones, con criterios dispares entre distintas salas, lo que ha generado un mapa judicial fragmentado sobre los efectos reales de la ley de 2024.

A falta de que el texto íntegro de la resolución se publique en el portal oficial del tribunal, el relato de lo ocurrido se apoya en la coincidencia de varias agencias y medios que han tenido acceso al fallo, con cifras que varían ligeramente según si se toma como referencia la reclamación inicial de la Fiscalía o la de Sociedad Civil Catalana, pero que coinciden en el fondo: el levantamiento de fianzas y la absolución de los 35 encausados por aplicación de la amnistía. Esa coincidencia entre fuentes independientes es, por ahora, la base más sólida disponible para reconstruir el contenido de una resolución que aún no es pública en su integridad.

El histórico que importa

El procés culminó con el referéndum ilegal del 1 de octubre de 2017 y la posterior declaración unilateral de independencia, que derivó en causas penales y de responsabilidad contable contra decenas de excargos catalanes.

La ley de amnistía de 2024 ha ido extinguiendo progresivamente estas responsabilidades, incluida ahora la relativa a los gastos del procés ante el Tribunal de Cuentas.

Cómo te afecta

La decisión extingue responsabilidades contables por más de 4 millones de euros para 35 excargos catalanes.

Despeja, en el plano económico, parte de las causas judiciales ligadas al procés, aunque no cierra el debate político ni la causa penal personal de Puigdemont, que sigue pendiente ante el Tribunal Supremo.

Contexto

La ley de amnistía de 2024, fruto del pacto entre el PSOE y las formaciones independentistas catalanas para la investidura de Pedro Sánchez, ha ido aplicándose de forma progresiva a distintas causas judiciales abiertas tras el referéndum ilegal de 2017.

Esta aplicación al ámbito contable se suma a otras resoluciones dispares entre tribunales y a recursos aún pendientes de resolución, incluida la causa penal personal de Puigdemont ante el Tribunal Supremo.

Lo que no está confirmado

  • La resolución del Tribunal de Cuentas no es firme y puede ser recurrida en apelación y, después, ante el Tribunal Supremo.
  • Las cifras reclamadas varían según la fuente de la denuncia (3,1 millones por la Fiscalía frente a hasta 5 millones por Sociedad Civil Catalana).
  • El texto íntegro de la resolución no está publicado en el portal oficial del tribunal al cierre de esta información; el relato se basa en reporting coincidente de varios medios con acceso al fallo.
Fuentes y documentos consultados4 referencias · Ver
  1. Infobae (EFE)
  2. Euronews
  3. Moncloa.com
  4. Noticias de Navarra

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