Los nuevos Reales Decretos-ley 29/2026 y 28/2026 recuperan, con cambios, las medidas de protección frente a desahucios que el Congreso tumbó el 2 de octubre. Deberán ser ratificados en 30 días por la Diputación Permanente, con el Parlamento disuelto para las elecciones del 29 de noviembre.
El Gobierno ha vuelto a aprobar por vía de urgencia la suspensión de desahucios hasta el 31 de diciembre de 2030 para hogares vulnerables, apenas días después de que el Congreso rechazara los dos decretos de vivienda anteriores. Los nuevos textos, en vigor desde el 8 de octubre, deberán ser convalidados en 30 días por la Diputación Permanente de un Congreso ya disuelto para las elecciones generales del 29 de noviembre. Los nuevos Reales Decretos-ley 29/2026 y 28/2026 recuperan, con cambios, las medidas de protección frente a desahucios que el Congreso tumbó el 2 de octubre. Deberán ser ratificados en 30 días por la Diputación Permanente, con el Parlamento disuelto para las elecciones del 29 de noviembre. En la práctica: La suspensión afecta directamente a los procedimientos de desahucio en curso contra hogares vulnerables y frente a grandes tenedores que compraron vivienda por debajo de mercado, extendiendo la protección hasta 2030 si el decreto resiste la votación de convalidación.

Bloques de viviendas en El Ruedo, barrio de Media Luna (Moratalaz, Madrid), imagen ilustrativa de vivienda residencial en España.
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El Boletín Oficial del Estado publicó el 7 de octubre el Real Decreto-ley 29/2026, de 6 de octubre, «por el que se adoptan medidas urgentes para la protección de la función social de la vivienda y la ampliación de la oferta de vivienda asequible» (BOE-A-2026-20823), que entró en vigor al día siguiente. El texto llega después de que el Congreso rechazara el 2 de octubre los anteriores Reales Decretos-ley 26/2026 y 27/2026, que recogían medidas similares sobre alquiler y desahucios, según confirmaron Confilegal e Iberley a partir del trámite parlamentario.
El artículo 2 del nuevo decreto suspende los procedimientos de desahucio hasta el 31 de diciembre de 2030 cuando la parte demandada se encuentre en situación de vulnerabilidad y carezca de una alternativa habitacional, así como cuando el demandante sea una de las entidades que compraron viviendas por debajo de su valor de mercado, incluso si ya existe sentencia firme y aunque haya habido una suspensión previa. En los desahucios por impago que afecten a personas vulnerables, la Administración competente dispondrá de un plazo de dos meses para ofrecer una vivienda alternativa o para abonar o consignar las cantidades reclamadas, según el detalle del texto consolidado recogido por Iberley y por el portal especializado hoyaragon.es.
Un segundo decreto, el Real Decreto-ley 28/2026, que adopta medidas para reforzar la estabilidad de los contratos de alquiler de vivienda habitual, entrará en vigor el 15 de noviembre. Entre las medidas adicionales, el paquete legislativo habilita a los ayuntamientos a establecer recargos del Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) a las viviendas de uso turístico en zonas de mercado residencial tensionado y modifica el régimen de recargos para los inmuebles permanentemente vacíos.
La vía elegida por el Gobierno —aprobar de nuevo por decreto-ley medidas que el propio Congreso había rechazado días antes— obliga a una nueva convalidación en un plazo máximo de 30 días, esta vez ante la Diputación Permanente de la Cámara, ya que el Parlamento se encuentra disuelto de cara a las elecciones generales convocadas para el 29 de noviembre. Cadena SER recogía este viernes el impacto práctico de la medida sobre los procedimientos de desahucio en marcha, mientras que asociaciones de inquilinos y organizaciones de propietarios mantienen posiciones enfrentadas sobre el alcance real de la prórroga, un debate que no ha quedado resuelto con la publicación del nuevo texto. El propio recorrido legislativo —dos decretos tumbados y sustituidos por otros dos en apenas cinco días— ilustra la dificultad del Ejecutivo para sacar adelante su agenda de vivienda sin mayoría parlamentaria estable, en plena campaña electoral, donde la política de alquiler y desahucios se ha convertido en uno de los ejes de confrontación entre el Gobierno y la oposición.
La convalidación por la Diputación Permanente no está garantizada: el equilibrio de fuerzas que tumbó los decretos de octubre persiste, por lo que el resultado de la votación en las próximas semanas determinará si la suspensión de desahucios hasta 2030 y el resto de medidas siguen en vigor o decaen de nuevo, en pleno proceso electoral.
El Congreso rechazó el 2 de octubre de 2026 los Reales Decretos-ley 26/2026 y 27/2026 sobre vivienda y alquiler, lo que dejó sin vigor sus medidas de protección frente a desahucios hasta que el Gobierno aprobó los nuevos RDL 29/2026 y 28/2026 días después.
La suspensión afecta directamente a los procedimientos de desahucio en curso contra hogares vulnerables y frente a grandes tenedores que compraron vivienda por debajo de mercado, extendiendo la protección hasta 2030 si el decreto resiste la votación de convalidación.
Es la segunda vez en menos de diez días que el Gobierno recurre al decreto-ley en materia de vivienda: los RDL 26/2026 y 27/2026 fueron rechazados por el Congreso el 2 de octubre y sustituidos por los RDL 29/2026 y 28/2026, publicados el 7 de octubre.
La convalidación de ambos decretos corresponde ahora a la Diputación Permanente del Congreso, al estar la Cámara disuelta por la convocatoria de elecciones generales para el 29 de noviembre de 2026.
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