El hermano del presidente del Gobierno ha presentado recurso ante el Tribunal Superior de Justicia de Extremadura contra la condena por prevaricación que le impuso en julio la Audiencia Provincial de Badajoz. Su defensa alega vulneración de derechos fundamentales y denuncia una "investigación prospectiva" motivada, según su abogado, por el parentesco con Pedro Sánchez.
David Sánchez ha recurrido ante el Tribunal Superior de Justicia de Extremadura (TSJEx) la condena de nueve años de inhabilitación por prevaricación que le impuso en julio la Audiencia Provincial de Badajoz, y pide su absolución. Su abogado alega vulneración de derechos fundamentales y denuncia una "investigación prospectiva" que, a su juicio, se sostiene en el parentesco del acusado con el presidente del Gobierno, no en pruebas sólidas. El hermano del presidente del Gobierno ha presentado recurso ante el Tribunal Superior de Justicia de Extremadura contra la condena por prevaricación que le impuso en julio la Audiencia Provincial de Badajoz. Su defensa alega vulneración de derechos fundamentales y denuncia una "investigación prospectiva" motivada, según su abogado, por el parentesco con Pedro Sánchez. En la práctica: Es el primer recurso formal contra la condena de julio de 2026, la primera que afecta a un familiar directo de un presidente del Gobierno en ejercicio por un delito de prevaricación.

El Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, en Cáceres, donde se tramita el recurso de David Sánchez.
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David Sánchez, hermano del presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, ha presentado un recurso de apelación ante el Tribunal Superior de Justicia de Extremadura (TSJEx) contra la sentencia que le condenó el pasado julio por un delito de cooperación en prevaricación administrativa, y solicita su absolución. El recurso, conocido este 8 de octubre y recogido de forma coincidente por RTVE, El Mundo, El País, elDiario.es, Infobae, The Objective, El Debate, Telemadrid y Público, es la primera impugnación formal de la condena ante una instancia superior.
La Audiencia Provincial de Badajoz, con un tribunal de tres magistrados, condenó en julio de 2026 a David Sánchez a nueve años de inhabilitación para cargo público por cooperar en un delito de prevaricación administrativa ligado a la creación de un puesto de coordinador de actividades de conservatorios en la Diputación de Badajoz. Según la sentencia, ese puesto "carecía de necesidad real y respondía a intereses particulares", diseñado y adaptado para beneficiar a una persona concreta, lo que a juicio del tribunal vulneró los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad en el acceso al empleo público. La sentencia no incluyó pena de prisión porque el tribunal descartó que hubiera existido tráfico de influencias, el otro delito por el que había sido acusado.
La condena de nueve años de inhabilitación superó incluso la petición final de la Fiscalía, que había solicitado inicialmente tres años y elevó su petición a seis tras conocer en el juicio testimonios que, a su juicio, agravaban los hechos. Que el tribunal impusiera finalmente una pena superior a la pedida por el Ministerio Público es uno de los elementos de fondo sobre los que se proyecta ahora el recurso de la defensa ante el TSJEx, aunque el escrito conocido se centra formalmente en alegaciones de vulneración de derechos fundamentales, no en el cálculo de la pena.
En el recurso, el abogado de David Sánchez, Emilio Cortés, alega la vulneración de varios derechos fundamentales de su cliente —entre ellos la tutela judicial efectiva, la presunción de inocencia y el secreto de las comunicaciones y la intimidad— y sostiene que el proceso se originó en lo que califica de "investigación prospectiva", es decir, una pesquisa iniciada sin indicios sólidos previos. Cortés argumenta que "no hay argumentación alguna que acredite más allá de toda duda razonable" que David Sánchez participara en el proceso de creación, diseño y tramitación del puesto que ocupó.
La defensa va más allá y vincula explícitamente la causa con la condición pública del hermano del presidente: según reconstruyen varios medios a partir del recurso, Cortés sostiene que la imputación se amparó en argumentación judicial derivada del parentesco de su cliente, "es decir, por la condición política de su hermano". Se trata de una alegación de la defensa, no de un hecho acreditado judicialmente; ningún tribunal ha avalado hasta ahora esa interpretación, y la propia sentencia de julio sí mantuvo la condena por prevaricación tras un juicio con garantías y con un tribunal de tres magistrados que valoró directamente la prueba practicada.
El caso se remonta a mayo de 2025, cuando la jueza instructora de Badajoz, Beatriz Biedma, decidió enviar a juicio a David Sánchez junto a otras diez personas, entre ellas el presidente de la Diputación de Badajoz, Miguel Ángel Gallardo, por presuntos delitos de prevaricación administrativa y tráfico de influencias. La instrucción y el posterior juicio han estado marcados por una fuerte repercusión política, al tratarse del familiar directo del jefe del Ejecutivo, y por la propia creación del puesto de coordinador de conservatorios, que la acusación sostuvo desde el inicio que fue diseñado a medida.
El trasfondo político del caso se ha visto reforzado en las últimas semanas porque la propia jueza Biedma ha declarado recientemente como testigo y denunciante, ante la Audiencia Nacional, episodios de vigilancia y suplantación que atribuye a una presunta red investigada en el llamado caso Leire Díez, sin que conste hasta ahora un vínculo judicialmente acreditado entre esos episodios y la causa que ella misma instruyó contra David Sánchez. Esa coincidencia temporal entre ambas causas ha alimentado la lectura política del proceso, pero debe distinguirse claramente de lo que la sentencia de julio efectivamente declaró probado sobre la creación del puesto de conservatorios.
Hasta el cierre de esta información no consta respuesta pública de la Fiscalía, de la Diputación de Badajoz ni del PSOE al recurso presentado por David Sánchez. Tampoco hay plazo público conocido para que el TSJEx resuelva la apelación, un trámite que en causas de esta naturaleza suele prolongarse varios meses antes de una decisión firme, ni se ha informado de si alguna de las acusaciones particulares o populares personadas en el caso presentará alegaciones propias frente al recurso.
El recurso llega mientras la condena de julio —la primera contra un familiar directo de un presidente del Gobierno en ejercicio por un delito de prevaricación— sigue sin firmeza, y su resultado podría tener eco político añadido de cara a las elecciones generales convocadas para el 29 de noviembre. Por el momento, el proceso se limita a la vía estrictamente judicial: la defensa de David Sánchez pide la revocación total de la condena y su absolución, mientras el TSJEx inicia el estudio del recurso sin fecha de resolución conocida.
Mayo de 2025: la jueza Beatriz Biedma envía a juicio a David Sánchez y otras diez personas por presunta prevaricación y tráfico de influencias.
Julio de 2026: la Audiencia Provincial de Badajoz condena a David Sánchez a nueve años de inhabilitación por prevaricación y descarta el tráfico de influencias.
8 de octubre de 2026: la defensa de David Sánchez presenta recurso de apelación ante el TSJEx y pide la absolución.
Es el primer recurso formal contra la condena de julio de 2026, la primera que afecta a un familiar directo de un presidente del Gobierno en ejercicio por un delito de prevaricación.
Si el TSJEx revocara la condena, supondría un vuelco judicial con fuerte repercusión política a menos de dos meses de las elecciones generales del 29 de noviembre.
La defensa traslada el debate desde los hechos probados en el juicio hacia el origen mismo de la investigación, cuestionando su legitimidad procesal.
David Sánchez fue enviado a juicio en mayo de 2025 por la jueza de Badajoz Beatriz Biedma junto a otras diez personas, entre ellas el presidente de la Diputación de Badajoz, Miguel Ángel Gallardo.
La Audiencia Provincial de Badajoz le condenó en julio de 2026 a nueve años de inhabilitación por prevaricación, descartando el tráfico de influencias y, por tanto, la pena de prisión.
La causa se ha desarrollado en paralelo a otras investigaciones de alto perfil político que afectan al entorno del presidente del Gobierno, sin que exista vínculo judicial acreditado entre ellas.
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