El entorno de la exconsellera de Justicia e Interior valenciana sostiene que la riada del 29 de octubre de 2024 fue un "tsunami" imprevisible y descarta responsabilidad penal, una tesis que choca con el auto de la instructora y con el recurso de su propio exnúmero dos.
Fuentes próximas a Salomé Pradas, única consellera de la Generalitat valenciana imputada junto a su exnúmero dos por la gestión de la dana de octubre de 2024, defienden ante EL PAÍS que "nadie debería estar imputado" en la causa porque la riada fue, según su versión, un "tsunami" imposible de prever. La tesis convive con un auto judicial que atribuye doce muertes a la gestión de ambos y con un recurso de su propio exsubordinado que, por primera vez, señala directamente a Pradas. El entorno de la exconsellera de Justicia e Interior valenciana sostiene que la riada del 29 de octubre de 2024 fue un "tsunami" imprevisible y descarta responsabilidad penal, una tesis que choca con el auto de la instructora y con el recurso de su propio exnúmero dos. En la práctica: El choque entre la tesis defensiva de Pradas y el auto judicial que atribuye muertes evitables a su gestión anticipa un proceso judicial más largo y contencioso, con los dos únicos imputados trasladándose responsabilidades entre sí.

Vías de metro dañadas por las inundaciones de la dana de octubre de 2024 entre Picanya y Paiporta (Valencia). La imagen ilustra el episodio objeto de la causa judicial; no representa a las personas investigadas.
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El entorno de Salomé Pradas, exconsellera de Justicia e Interior de la Generalitat Valenciana e investigada por la gestión de la dana que mató a 233 personas en la provincia de Valencia el 29 de octubre de 2024, sostiene que "nadie debería estar imputado" en la causa penal que instruye el Juzgado de Instrucción número 3 de Catarroja, según informó EL PAÍS este 23 de octubre citando fuentes próximas a la exmandataria. La defensa califica lo ocurrido de "tsunami" y de "tragedia que nadie podía prever", y admite que podría existir responsabilidad política, pero no penal.
Pradas y su entonces secretario autonómico de Emergencias, Emilio Argüeso, son las dos únicas personas imputadas en la causa. Su entorno plantea que, de investigarse a alguien más, debería incluirse a los responsables del seguimiento del barranco del Poyo, señalando en concreto a la Confederación Hidrográfica del Júcar (CHJ) y a la entonces delegada del Gobierno en la Comunitat Valenciana, Pilar Bernabé, a quienes atribuye fallos en la vigilancia del cauce. Ninguna de estas dos partes está imputada formalmente en la causa a fecha de esta publicación, por lo que la atribución de responsabilidad que hace la defensa de Pradas es un argumento de parte, no una imputación judicial.
Esta versión defensiva contrasta con el contenido del auto dictado el 13 de octubre de 2026 por la magistrada instructora, Nuria Ruiz Tobarra, que atribuyó directamente a la gestión de Pradas y Argüeso doce de las muertes registradas en la pedanía de La Torre (Valencia), al considerar que "pudieron evitarse por completo" si los investigados hubieran ejercido correctamente sus funciones, según recogió El Debate. El auto de la jueza sostiene, por tanto, una tesis de previsibilidad y evitabilidad que es opuesta a la de "tsunami imprevisible" que ahora defiende el entorno de Pradas.
La propia unidad de la defensa entre los dos imputados se ha resentido en los últimos días. Argüeso recurrió el 21 de octubre el auto de la jueza y, por primera vez desde que se abrió la causa, señaló en ese recurso a Pradas, alegando que la responsabilidad de emitir la alerta a la población no era suya sino de la consellera, según informó Moncloa.com. Esa ruptura de la posición conjunta —cada investigado trasladando la responsabilidad al otro— añade un elemento adicional de contraste con la idea de que "nadie debería estar imputado", puesto que ni siquiera los propios imputados coinciden ya en quién debía haber actuado.
Según la cobertura de Infobae de este 23 de octubre, el Ministerio Fiscal ha respaldado la posición de la jueza instructora al considerar que la Generalitat Valenciana era la administración responsable de la gestión de la emergencia aquel 29 de octubre, lo que refuerza la tesis judicial frente al argumento exculpatorio de la defensa de Pradas. El caso se ve además marcado por una polémica paralela: una víctima de la dana denunció públicamente que el marido de la jueza instructora, el magistrado Jorge Martínez Ribera, participó en la toma de declaraciones a afectados, lo que ha alimentado críticas de parte de asociaciones de víctimas sobre la politización del proceso, sin que ello afecte por el momento a la validez del auto de imputación.
La misma fuente de EL PAÍS atribuye a Pradas la consideración de que resulta "una rareza" que el expresident de la Generalitat, Carlos Mazón, esté personado como parte en la causa penal sin figurar, a diferencia de ella, entre los imputados. Mazón, que dimitió como presidente del Consell tras la gestión de la dana, conserva su condición de diputado autonómico y, con ella, el aforamiento que obliga a que cualquier eventual imputación suya pase por el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana; el tribunal no ha descartado una futura imputación del expresident, según recogió eldiario.es. La comparación que traza la defensa de Pradas entre su propia situación procesal y la de Mazón —personado pero no imputado— es, de nuevo, un argumento de parte dirigido a reforzar la idea de que el reparto de responsabilidades en la causa es incompleto, no una valoración jurídica confirmada por la instructora.
La causa por la dana de Valencia, casi dos años después de la catástrofe, sigue así dividida entre la versión oficial de la instrucción judicial —que atribuye responsabilidades concretas y evitables a los dos altos cargos imputados— y la versión defensiva que ahora trasciende a través de fuentes próximas a Pradas, que insiste en el carácter imprevisible del fenómeno meteorológico y traslada el foco de responsabilidad hacia organismos y personas no imputadas, como la CHJ, la exdelegada del Gobierno o el propio Mazón.
Ni Pradas ni su defensa letrada han realizado declaraciones directas y grabadas sobre este argumento más allá de lo trasladado a través de fuentes de su entorno a EL PAÍS, por lo que la atribución de la tesis "nadie debería estar imputado" corresponde a un relato indirecto y no a una declaración textual verificable de la propia exconsellera. El contraste entre esa tesis y el auto judicial que atribuye muertes evitables a su gestión, sumado a la fractura con Argüeso y a la comparación con la situación de Mazón, dibuja una causa en la que, casi dos años después del 29 de octubre de 2024, ni siquiera los propios investigados coinciden en un relato único de lo ocurrido.
29 de octubre de 2024: la dana causa 233 muertos en la provincia de Valencia.
13 de octubre de 2026: la jueza instructora dicta un auto que atribuye doce muertes en La Torre a la gestión de Pradas y Argüeso.
21 de octubre de 2026: Argüeso recurre ese auto y señala por primera vez a Pradas como responsable de la alerta.
23 de octubre de 2026: trasciende la defensa de Pradas, que sostiene que "nadie debería estar imputado" en la causa y cuestiona que Mazón esté solo personado.
El choque entre la tesis defensiva de Pradas y el auto judicial que atribuye muertes evitables a su gestión anticipa un proceso judicial más largo y contencioso, con los dos únicos imputados trasladándose responsabilidades entre sí.
La comparación de Pradas con la situación de Mazón —personado pero no imputado— y la petición implícita de ampliar la investigación a la CHJ y a la exdelegada del Gobierno, si llegaran a plantearse formalmente ante el juzgado, podrían extender el perímetro político y judicial de la causa más allá de la Generalitat Valenciana.
La dana del 29 de octubre de 2024 causó 233 muertos en la provincia de Valencia, la mayor catástrofe natural en España en décadas, y desde entonces se investiga en el Juzgado de Instrucción número 3 de Catarroja la actuación de la Generalitat valenciana en la gestión de la emergencia y, en particular, en el envío tardío de la alerta ES-Alert a la población.
La magistrada instructora, Nuria Ruiz Tobarra, ha ido avanzando en la causa con autos que precisan responsabilidades individuales, como el del 13 de octubre de 2026 centrado en las muertes de La Torre, mientras la defensa de los investigados ha ido fragmentándose, como muestra el recurso de Argüeso señalando a Pradas.
Carlos Mazón dimitió como presidente del Consell tras la gestión de la dana y conserva su escaño de diputado autonómico, lo que le otorga aforamiento; participa en la causa como personado, alineado procesalmente con la fiscalía y con la propia defensa de Pradas en algunos puntos, sin que el tribunal haya descartado una futura imputación.
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