La Orden HAC/1028/2026, publicada el 5 de octubre y en vigor desde el 6 de octubre, regula la solución pública de facturación electrónica y pone en marcha los plazos del Real Decreto 238/2026: la factura electrónica será obligatoria en 2027 para grandes empresas y en 2028 para el resto.
El Boletín Oficial del Estado ha publicado la Orden HAC/1028/2026, que regula la solución pública de facturación electrónica y da inicio al cómputo de los plazos para que la factura electrónica sea obligatoria entre empresas y autónomos. La Orden HAC/1028/2026, publicada el 5 de octubre y en vigor desde el 6 de octubre, regula la solución pública de facturación electrónica y pone en marcha los plazos del Real Decreto 238/2026: la factura electrónica será obligatoria en 2027 para grandes empresas y en 2028 para el resto. En la práctica: Las grandes empresas (facturación superior a 8 millones de euros) deberán emitir factura electrónica obligatoria desde aproximadamente octubre de 2027, y el resto de empresas y autónomos desde octubre de 2028.

La Real Casa de la Aduana, en la calle de Alcalá de Madrid, es la sede del Ministerio de Hacienda desde 1846.
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El Ministerio de Hacienda publicó el 5 de octubre de 2026 en el Boletín Oficial del Estado la Orden HAC/1028/2026, de 2 de octubre (BOE-A-2026-20587), por la que se regula la solución pública de facturación electrónica prevista en el Real Decreto 238/2026, de 25 de marzo, que desarrolla el sistema de facturación electrónica obligatoria entre empresarios y profesionales. La orden entró en vigor el 6 de octubre de 2026, según el propio texto consolidado publicado por el BOE, y es la pieza que faltaba para que el calendario legal empezara a correr de forma efectiva.
La norma, que consta de once artículos, dos disposiciones adicionales, una disposición final y dos anexos, tiene como objetivo principal regular los elementos técnicos y funcionales de la solución pública de facturación electrónica, el sistema gratuito gestionado por la Agencia Tributaria al que podrán remitirse las facturas directamente. Como alternativa, las empresas podrán seguir operando a través de plataformas privadas de facturación, que a su vez estarán obligadas a enviar una copia fiel de cada factura emitida a esa solución pública, de modo que Hacienda tenga visibilidad sobre toda la facturación mercantil del país.
Con su entrada en vigor, la orden pone en marcha el cómputo de los plazos fijados por el Real Decreto 238/2026: doce meses para las empresas que facturen más de ocho millones de euros anuales, lo que sitúa su obligación de emitir factura electrónica en torno al 6 de octubre de 2027, y veinticuatro meses para el resto de empresas y autónomos, con obligación prevista hacia el 6 de octubre de 2028. Para los autónomos se añade además un año adicional de margen para comunicar el estado de sus facturas (pagada, cobrada o rechazada), un trámite que buscará reducir la morosidad comercial.
Fuentes jurídicas y despachos especializados, como Iberley y DiG Abogados, coinciden en señalar que esta orden ministerial era el paso pendiente para que el calendario de obligatoriedad, aprobado en el Real Decreto de marzo de 2026, comenzara a contar de forma efectiva. Hasta ahora, la entrada en vigor del reglamento no implicaba una obligación inmediata, ya que esta quedaba condicionada a la publicación de esta norma de desarrollo, algo que generaba incertidumbre entre asesorías y despachos sobre cuándo debían empezar a prepararse realmente sus clientes.
La medida se enmarca en un proceso más amplio de digitalización fiscal que España comparte con otros países europeos, y que busca reducir la economía sumergida y el fraude en el IVA mediante el cruce automático de información entre empresas y la Agencia Tributaria. Despachos como Afilco Asesores y Gesisa recomiendan a pymes y autónomos no esperar a los últimos meses del plazo, ya que la adaptación de los sistemas de facturación y la integración con la solución pública o con plataformas privadas homologadas puede requerir varios meses de trabajo técnico y de formación interna.
España lleva años avanzando hacia la digitalización fiscal, con precedentes como el sistema Ticket BAI en el País Vasco y la facturación electrónica ya obligatoria en las relaciones con las administraciones públicas desde hace más de una década.
Las grandes empresas (facturación superior a 8 millones de euros) deberán emitir factura electrónica obligatoria desde aproximadamente octubre de 2027, y el resto de empresas y autónomos desde octubre de 2028.
El Real Decreto 238/2026, de 25 de marzo, ya había fijado el marco general de la factura electrónica obligatoria entre empresarios y profesionales, pero su aplicación real dependía de esta orden de desarrollo publicada ahora.
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