El Banco Central Europeo publica a diario los tipos de cambio de referencia del euro y el Banco de España los traslada al BOE mediante resoluciones; la Ley 46/1998 reconoce ese valor como cambio oficial en España.
El tipo de cambio oficial del euro es la cifra que publica el Banco Central Europeo (BCE), por sí mismo o a través del Banco de España, para la cotización del euro frente a otras divisas. Así lo establece el artículo 36 de la Ley 46/1998, de 17 de diciembre, sobre la Introducción del Euro, que da a ese valor «la consideración de cambio oficial de la moneda nacional frente a otras divisas» a efectos de la legislación española vigente.
El BCE difunde estos «euro foreign exchange reference rates» cada día hábil, hacia las 16:00 CET, salvo cierre del sistema TARGET. Los valores resultan de un procedimiento diario de concertación entre bancos centrales europeos que recoge las condiciones de mercado en torno a las 14:15 CET. En su página, el BCE publica referencias para 32 pares de divisas frente al euro; el par euro-rublo permanece suspendido desde el 1 de marzo de 2022.
El propio BCE advierte de que estos tipos se publican «for information purposes only» (con fines informativos) y desaconseja expresamente («strongly discouraged») su uso en transacciones de mercado.
En España, el Banco de España traslada estos cambios al Boletín Oficial del Estado mediante resoluciones. En la serie observada entre el 18 y el 21 de agosto de 2026 se publicó una resolución por cada día hábil (BOE-A-2026-17944, 17993, 18013 y 18035). Esta cadencia diaria es la práctica observada en esas fechas concretas y coincide con la fórmula empleada en la serie histórica desde 1999, pero no constituye una garantía normativa para el futuro.
La Ley 46/1998 fija la magnitud legal del mecanismo: reconoce como cambio oficial el que publique el BCE, directamente o a través del Banco de España, «a efectos de lo dispuesto en la legislación vigente». La misma norma habilita además al Banco de España para publicar cotizaciones del euro frente a monedas que el BCE no contempla en sus referencias.
Quien necesite el dato vigente puede consultar dos fuentes primarias: la página del BCE, que actualiza la referencia a diario, y el BOE, donde el Banco de España publica la resolución correspondiente a cada jornada con valor de publicación oficial en España.
Como ejemplo fechado: la resolución de 21 de agosto de 2026 del Banco de España, publicada en el BOE núm. 206 (22 de agosto de 2026), recogió, entre otros cambios, 1 euro = 1,1699 dólares estadounidenses, 1 euro = 185,66 yenes y 1 euro = 0,85670 libras esterlinas. El valor del dólar coincide con el publicado ese mismo día por el BCE en su propia página.
La fórmula legal del artículo 36 de la Ley 46/1998 rige desde el 1 de enero de 1999 y se ha aplicado de forma continuada en resoluciones sucesivas del Banco de España a lo largo de los años (por ejemplo, en 1999, 2003, 2006, 2022, 2023 y en distintas fechas de 2026), lo que muestra la estabilidad del mecanismo, aunque no garantiza su periodicidad exacta en cada jornada futura.
Fuentes: BOE — Resolución del Banco de España sobre cambios del euro (21 de agosto de 2026)BCE — Euro foreign exchange reference ratesBOE — Ley 46/1998 sobre introducción del euro
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