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El Supremo de Londres reconoce a la aseguradora del 'Prestige' el derecho a ser indemnizada por España

El Tribunal Supremo del Reino Unido ha fallado a favor de la mutua London Steam-Ship Owners' Mutual Insurance Association, reconociéndole el derecho a cobrar una indemnización de España por no haber sometido sus reclamaciones por el hundimiento del petrolero 'Prestige' al arbitraje de Londres pactado en la póliza del buque.

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El alto tribunal británico da la razón a la mutua aseguradora del petrolero hundido en 2002 frente a España, que reclamaba 855 millones de euros por la catástrofe ante tribunales españoles en vez de someterse al arbitraje londinense previsto en la póliza. El Tribunal Supremo del Reino Unido ha fallado a favor de la mutua London Steam-Ship Owners' Mutual Insurance Association, reconociéndole el derecho a cobrar una indemnización de España por no haber sometido sus reclamaciones por el hundimiento del petrolero 'Prestige' al arbitraje de Londres pactado en la póliza del buque. En la práctica: El fallo abre la puerta a que España, que durante años ha intentado cobrar 855 millones de euros a la aseguradora del 'Prestige', termine teniendo que pagarle una indemnización por no haber recurrido al arbitraje pactado, aunque el importe exacto está aún por determinar.

El Supremo de Londres reconoce a la aseguradora del 'Prestige' el derecho a ser indemnizada por España

Limpieza del vertido de fuel del 'Prestige' en la playa de San Vicente (O Grove, Galicia), diciembre de 2002.

Foto: Adela Leiro · Licencia: CC BY-SA 3.0 · Archivo original · Condiciones de la licencia

Qué ha pasado

El Tribunal Supremo del Reino Unido falló el 28 de octubre de 2026 a favor de la London Steam-Ship Owners' Mutual Insurance Association, el club de protección e indemnización (P&I) que aseguraba al petrolero 'Prestige', reconociéndole el derecho a ser indemnizada por España. El tribunal concluyó que España incumplió la obligación contractual de someter sus reclamaciones al arbitraje de Londres pactado en la póliza del buque, y que ese incumplimiento genera a su vez un derecho de la aseguradora a una compensación económica, aunque todavía sin cuantía fijada.

El litigio se remonta al hundimiento del 'Prestige' en noviembre de 2002 frente a las costas de Galicia, que vertió más de 63.000 toneladas de fuel, contaminó miles de kilómetros de costa y provocó uno de los peores desastres medioambientales de Europa. España, junto con Francia, reclamó ante los tribunales españoles hasta 855 millones de euros en daños, obteniendo una sentencia favorable de la Audiencia Provincial de A Coruña en 2019 contra el club asegurador del buque. Sin embargo, la póliza suscrita por el armador obligaba a dirimir cualquier disputa derivada del contrato mediante arbitraje en Londres, y no ante jueces españoles, algo que ni España ni Francia respetaron al litigar directamente en sede civil española.

El núcleo jurídico del caso era si un tercero —en este caso, los Estados español y francés, que no eran parte directa del contrato de seguro, pero invocaron sus coberturas para reclamar daños— puede beneficiarse de una cláusula contractual sin asumir también sus obligaciones, entre ellas la de arbitraje. El club aseguró ante los tribunales británicos que, si los Estados querían cobrar al amparo de la póliza, debían también sujetarse a sus términos, incluida la cláusula arbitral. El Supremo británico determinó que el hecho de que el proceso se califique como de 'compensación equitativa' no priva a la aseguradora del derecho a un resarcimiento económico por el incumplimiento contractual de España.

El fallo no fija todavía una cantidad concreta que España deba pagar a la aseguradora, y los 855 millones de euros reconocidos por la justicia española frente al club siguen sin poder ejecutarse en el Reino Unido. La decisión tampoco cierra la puerta a que España intente ejecutar esa sentencia en otras jurisdicciones de la Unión Europea. Está por determinar en próximas fases del procedimiento cómo se cuantificará exactamente la indemnización que ahora corresponde a la aseguradora, un proceso que previsiblemente se prolongará durante meses adicionales ante los tribunales británicos.

La sentencia se suma a una larga batalla legal que dura ya más de dos décadas desde el hundimiento del buque, y que ha enfrentado a España con el club asegurador en múltiples frentes judiciales en Londres, Madrid y ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea, que ya se había pronunciado en años anteriores sobre el reconocimiento mutuo de laudos arbitrales británicos frente a sentencias españolas en este mismo litigio. El fallo no entra a valorar responsabilidades penales ni medioambientales por el vertido: esa vía se cerró en España en 2013, cuando la Audiencia Provincial de A Coruña absolvió al capitán del buque y a otros acusados de los principales delitos imputados por la catástrofe, en un proceso judicial completamente separado del pleito mercantil sobre la póliza.

El caso ilustra además una tensión recurrente en el derecho marítimo internacional: los clubes P&I, mutuas de responsabilidad civil que cubren a los armadores frente a terceros, incluyen casi sistemáticamente cláusulas de arbitraje en Londres, lo que ha generado años de disputas con Estados que prefieren litigar ante sus propios tribunales cuando sufren daños por vertidos u otros siniestros marítimos de gran escala.

El histórico que importa

El 'Prestige' se hundió el 19 de noviembre de 2002 frente a Galicia, vertiendo más de 63.000 toneladas de fuel y contaminando miles de kilómetros de costa. España obtuvo en 2019 una sentencia de la Audiencia de A Coruña que reconocía una indemnización de hasta 855 millones de euros frente al club asegurador del buque, mientras que la vía penal concluyó en 2013 con la absolución de los principales acusados.

Cómo te afecta

El fallo abre la puerta a que España, que durante años ha intentado cobrar 855 millones de euros a la aseguradora del 'Prestige', termine teniendo que pagarle una indemnización por no haber recurrido al arbitraje pactado, aunque el importe exacto está aún por determinar.

Contexto

El caso forma parte de un litigio plurijurisdiccional que incluye procedimientos paralelos en España, Reino Unido y ante el Tribunal de Justicia de la UE sobre el reconocimiento mutuo de sentencias y arbitrajes en disputas marítimas transfronterizas.

Lo que no está confirmado

  • Ninguna de las fuentes consultadas precisa todavía la cuantía que deberá pagar España ni los plazos del siguiente trámite procesal; tampoco hay declaraciones oficiales del Gobierno español disponibles en las fuentes revisadas.
Fuentes y documentos consultados3 referencias · Ver
  1. El Correo Gallego
  2. Infobae (agencia)
  3. Atlántico

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