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EspañaRedacción WIRESdesk

La Junta Electoral abre expediente a Sánchez por su comparecencia sobre vivienda en Moncloa

La Junta Electoral Central investiga si el presidente usó un acto institucional del 6 de octubre para pedir el voto de cara al 29-N, tras denuncias del PP y otros partidos.

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La Junta Electoral Central ha abierto expediente al presidente del Gobierno por su comparecencia del 6 de octubre en Moncloa, en la que pidió una mayoría más amplia tras la convocatoria electoral del 29 de noviembre. El PP y otros partidos denunciaron el acto como propaganda electoral encubierta. La Junta Electoral Central investiga si el presidente usó un acto institucional del 6 de octubre para pedir el voto de cara al 29-N, tras denuncias del PP y otros partidos. En la práctica: Se trata ya del quinto expediente sancionador conocido contra Sánchez por motivos similares desde 2020, en plena precampaña del 29-N.

La Junta Electoral abre expediente a Sánchez por su comparecencia sobre vivienda en Moncloa

Pedro Sánchez, presidente del Gobierno, en una reunión preparatoria del PES previa al Consejo Europeo de Salzburgo (2018).

Foto: Arne Müseler / www.arne-mueseler.com · Licencia: CC BY-SA 3.0 de · Archivo original · Condiciones de la licencia

Qué ha pasado

La Junta Electoral Central (JEC) ha abierto un expediente sancionador a Pedro Sánchez por su comparecencia institucional del 6 de octubre en el Palacio de la Moncloa, en la que el presidente del Gobierno presentó dos decretos leyes sobre vivienda tras el Consejo de Ministros. El organismo investiga si esas declaraciones incumplieron el deber de neutralidad institucional que exige la ley electoral durante el periodo abierto tras la disolución de las Cortes y la convocatoria de elecciones generales para el 29 de noviembre.

Según las informaciones coincidentes de Infobae, Euronews, The Objective, RTVC e Infolibre, el foco de la investigación está en que Sánchez, además de explicar las medidas de vivienda, incluyó referencias a la gestión del Gobierno, reproches a los grupos de la oposición y una petición explícita de 'una mayoría más rotunda' o 'más contundente' para sacar adelante esas políticas. La JEC considera que ese tipo de mensajes, en boca del jefe del Ejecutivo y desde una sede institucional, puede vulnerar el artículo 50.2 de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (LOREG), que prohíbe a los poderes públicos difundir logros de gestión o utilizar un lenguaje de campaña durante los periodos electorales.

El contexto inmediato de la comparecencia es relevante para entender la denuncia: los dos decretos leyes de vivienda que Sánchez presentó ese día habían sido rechazados por el Congreso de los Diputados apenas una semana antes, en un revés parlamentario para el Ejecutivo. Al reaprobarlos por la vía del decreto y defenderlos públicamente desde Moncloa, el presidente optó por un formato que mezcla el anuncio de política pública con un mensaje de corte más político, lo que es precisamente el elemento que la JEC ha decidido investigar. Ese doble carácter del acto, informativo por un lado y reivindicativo por otro, es el que tradicionalmente ha activado este tipo de expedientes en comparecencias previas de distintos presidentes del Gobierno.

El expediente se abrió a raíz de una denuncia del Partido Popular, que calificó la comparecencia de 'mitin del PSOE' disfrazado de acto institucional. The Objective añade que Vox presentó una denuncia separada el 8 de octubre a través de su representante electoral general, mientras que Infobae cita también una denuncia de Se Acabó la Fiesta. No todas las fuentes consultadas detallan el mismo listado completo de denunciantes, por lo que WIRESdesk atribuye cada denuncia a la fuente que la documenta en lugar de darla por generalizada.

Como parte de la resolución, la JEC ha ordenado retirar de los canales oficiales del Gobierno los fragmentos de la intervención que considera problemáticos y que seguían disponibles en internet en el momento de admitirse la denuncia. Esta orden de retirada, habitual en este tipo de expedientes, no equivale a una sanción firme, sino a una medida cautelar mientras se tramita el procedimiento administrativo correspondiente.

La apertura de expediente no implica una sanción automática: el procedimiento debe determinar primero si hubo infracción y, si la confirma, la multa prevista en estos casos oscila entre 300 y 3.000 euros, según recoge The Objective. Ese rango de sanción económica es llamativamente modesto en comparación con el impacto político y mediático que suelen tener estos expedientes contra el jefe del Ejecutivo, algo que la oposición suele usar como argumento de desgaste independientemente de la cuantía final de la multa. No consta en ninguna de las informaciones consultadas una respuesta pública de Moncloa o del PSOE al expediente hasta el momento de esta publicación.

El caso se suma a un historial ya extenso de expedientes similares contra Sánchez por presunto uso partidista de actos institucionales. Infobae sitúa este en al menos el quinto expediente de este tipo desde 2020, con sanciones económicas previas que suman 6.600 euros, incluida una multa de 500 euros en 2020 y otra de 2.200 euros en 2023, además de sanciones vinculadas a campañas catalana y extremeña en 2024. La propia resolución de la JEC, según la citan varias de estas fuentes, recuerda que el presidente del Gobierno 'debe conocer sobradamente' las exigencias de neutralidad institucional por haber sido ya sancionado en el pasado por motivos similares al amparo del artículo 50.2 de la LOREG.

Este patrón de reincidencia es, según la cobertura consultada, un argumento que la propia Junta Electoral ha utilizado para justificar la apertura de nuevos expedientes sin necesidad de un umbral de gravedad adicional: al tratarse de un responsable público que ya conoce la normativa y sus límites, el organismo entiende que cualquier nueva comparecencia con elementos de mensaje electoral debe examinarse con especial atención durante el periodo de campaña abierto hasta el 29 de noviembre. La reiteración de expedientes, según esa misma lógica, puede influir en la gravedad que se atribuya a una futura infracción confirmada, aunque ninguna de las fuentes consultadas precisa si eso implicaría una multa superior a las impuestas en el pasado.

WIRESdesk no ha podido acceder directamente al texto íntegro de la resolución de la JEC, que no estaba publicado en fuentes oficiales en el momento de esta información; el relato de los hechos se reconstruye a partir de la cobertura coincidente de varios medios españoles que citan literalmente la resolución y las denuncias presentadas. Se mantiene seguimiento sobre una eventual respuesta del Gobierno y sobre la resolución final del expediente, que podría derivar en una nueva sanción económica si se confirma la infracción.

El histórico que importa

Sánchez ha sido sancionado por la JEC en ocasiones anteriores por presunto uso partidista de actos institucionales, con multas de 500 euros en 2020 y 2.200 euros en 2023.

También ha recibido sanciones relacionadas con campañas autonómicas en Cataluña y Extremadura en 2024, que suman un total aproximado de 6.600 euros en multas previas.

Cómo te afecta

Se trata ya del quinto expediente sancionador conocido contra Sánchez por motivos similares desde 2020, en plena precampaña del 29-N.

Alimenta el choque institucional entre Moncloa y la oposición sobre el uso de actos de Gobierno con fines electorales durante la campaña.

Contexto

La comparecencia investigada tuvo lugar el 6 de octubre, día en que el Consejo de Ministros aprobó dos decretos leyes de vivienda que el Congreso había rechazado convalidar la semana anterior.

El expediente se enmarca en el periodo electoral abierto tras la convocatoria de elecciones generales para el 29 de noviembre de 2026.

Lo que no está confirmado

  • Las fuentes consultadas no coinciden plenamente en el listado de partidos denunciantes: PP confirmado por todas; Vox según The Objective; Se Acabó la Fiesta según Infobae.
  • Tampoco coinciden en el número exacto de expedientes previos: quinto según Infobae, hasta seis sanciones según otra fuente citada.
  • No se ha accedido al texto oficial de la resolución de la JEC, que no estaba disponible en fuentes primarias al cierre de esta información.
Fuentes y documentos consultados5 referencias · Ver
  1. Infobae
  2. Euronews
  3. The Objective
  4. RTVC
  5. Infolibre

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